3 de octubre de 2011

El Presidente Joffre Vélez presentó su renuncia

El Presidente de CCNNNAE Joffre Vélez presentó su renuncia al Consejo:

RENUNCIA DE JOFFRE VELEZ AL CCNNNAE

en joffrevelezeupe.blogspot.com el mismo explicará las razones de su renuncia.

9 de septiembre de 2011

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ECUADOR.

En la Quinta sesión del Pleno del Consejo Consultivo Nacional, se aprobó el nuevo Reglamento de esta institución, se leyó cada artículo y se sometió a debate uno a uno los artículos considerados conflictivos por parte de los Consejeros. tras 2 horas de discusión se aprobó la nueva normativa del Consejo Consultivo que presenta grandes cambios en relación al anterior.

Los principales cambios en el Reglamento son:

Reorganización de la Directiva. El Nuevo Reglamento Interno estipula una Directiva de 6 miembros, estos son:

  • Presidente
  • 2 Vicepresidentes
  • 3 vocales
Esto le permitirá al CCN tener una directiva más inclusiva y con mayor alcance de trabajo.
Los vicepresidentes serán electos de preferencia de manera alternada es decir, si la primera vicepresidencia se encargo a un adolescente hombre, la segunda será para una niña, o sucesivamente, esto para garantizar la equidad de género y etárea. (art. 28)

Los vocales serán elegidos por cada una de las regiones naturales, Costa y Galápagos, Sierra, y Amazonía, con el objetivo de descentralizar la directiva y de que cada región tenga un representante. (art. 29).

Más participación de Consejeros Suplentes. El nuevo Reglamento permite al Consejero Provincial delegar algunas de sus funciones a su Suplente, cuando el no las pueda realizar, entre ellas la Presidencia de la Comisión Provincial Consultiva. Esto permitirá que los Suplentes también sean parte del trabajo del CCNNNAE. (art. 13)

Creación de 4 Comisiones Permanentes. El nuevo Reglamento manda la conformación de 4 Comisiones Permanentes estas serán: Comisión de Desarrollo, de derechos de Protección, de Asuntos Legales y de Participación y Coordinación. Estas estarán conformadas por 6 miembros cada una y servirán para operativizar mejor el trabajo del CCNNNAE. Igualmente se podrán crear comisiones temporales para objetivos específicos. (arts. 31, 32, 33)

Nueva estructura de la Secretaría. La Secretaría también fue modificada y paso a ser Secretaría General, así servirá para todo el Consejo y no solo para las reuniones que se hagan. La secretaría sera conformada por el Secretario General y por un Prosecretario General quienes organizarán toda la documentación del CCNNNAE y administrarán la Gaceta del mismo (la Gaceta también se creo con el reglamento). (arts. 34, 36, 37)

Comisiones Provinciales Consultivas. Una de las mayores novedades del nuevo Reglamento es la creación de las 24 Comisiones Provinciales Consultivas (CPC) están serán organismos anexos al Consejo Consultivo Nacional, con jurisdicción provincial en su respectiva provincia, estarán compuestas por el Consejero Provincial que la presidirá y por todos los Presidentes de los Consejos Consultivos Cantonales de la Provincia. Estas servirán para descentralizar el trabajo del Consejo Consultivo Nacional y serán la forma de coordinar con los cantones del país para tener todo un trabajo coordinado y estructurado. Aun no están normadas, pero la Directiva actual se encargará de hacer un reglamento que explique como será su estructura. (art. 42)

Relación con los movimientos. Por primera vez el Reglamento del Consejo Consultivo Nacional reconoce la necesidad de trabajar con los movimientos de niñez y adolescencia. Asimismo se reconoce que el trabajo deberá ser respetuoso de los roles del CCNNNAE. (art. 54)

En cosas generales el Reglamento reconoce la necesidad de contar con nna's indígenas, afroecuatorianos, discapacitados, y de todos los sectores, en que debe tenerse un numero parejo entre hombres y mujeres, que debe de ser un espacio inclusivo, que es el representante legal de la niñez y adolescencia del país y se ratifica en que se elige mediante proceso democrático. De este Reglamento tendrán que emitirse otros para su pleno respeto, Reglamento de Elecciones, de Comisiones Provinciales Consultivas, de Comisiones Permanentes, etc. (Transitoria segunda).

Lo importante es que este nuevo Reglamento es que crea un nuevo modelo de CCNNNAE, en base a las lecciones aprendidas de las 2 conformaciones y le permitirá a los siguientes Consejeros tener las reglas claras y una cancha de juego trazada en base a haber superado los errores y fallas de los Consejos Consultivos anteriores. Es por eso que ponemos a su disposición el Nuevo Reglamento, para que lo lean y lo discutan, para que lo debatan y conozcan para hacer del CCNNNAE una realidad concreta.

(el Reglamento esta subido al sitio Scribd. Aquí abajo lo publicamos, es escaneado del original en .PDF por lo tanto es exacto al que se aprobó, su edición esta inhabilitada. Podrán descargarlo, imprimirlo, compartirlo por redes sociales, publicarlo en sus blogs, etc.)
REGLAMENTO INTERNO - CCNNNAE (2011)


JVZ

RESOLUCIONES TOMADAS EN LAS SESIONES 5 Y 6

SESIÓN 5

RESOLUCIÓN Nº 02-2011-PL-CCNNNAE

Resolucion 2 - CARCHI


RESOLUCIÓN Nº 03-2011-PL-CCNNNAE

Resolución 3 - IMBABURA

RESOLUCIÓN Nº 04-2011-PL-CCNNNAE

Resolucion 4 - REGLAMENTO

SESIÓN 6

RESOLUCIÓN Nº 05-2011-PL-CCNNNAE

Resolucion 5 - PROSECRETARÍA

RESOLUCIÓN Nº 06-2011-PL-CCNNNAE

Resolucion 6 - MORONA

RESOLUCIÓN Nº 07-2011-PL-CCNNNAE

Resolucion 7 - SCOUTS

CARTA ABIERTA A MOVIMIENTOS


Carta Abierta a Movimientos de niñez y adolescencia.


20 de julio de 2011

CONVOCATORIAS SESIONES 5 Y 6

<a title="View Convocatoria Sesion 5 on Scribd" href="http://es.scribd.com/doc/60476461/Convocatoria-Sesion-5" style="margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block; text-decoration: underline;">Convocatoria Sesion 5</a><iframe class="scribd_iframe_embed" src="http://www.scribd.com/embeds/60476461/content?start_page=1&view_mode=list&access_key=key-2fhqft9f8pc9ldn099ai" data-auto-height="true" data-aspect-ratio="0.741818181818182" scrolling="no" id="doc_26087" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe><script type="text/javascript">(function() { var scribd = document.createElement("script"); scribd.type = "text/javascript"; scribd.async = true; scribd.src = "http://www.scribd.com/javascripts/embed_code/inject.js"; var s = document.getElementsByTagName("script")[0]; s.parentNode.insertBefore(scribd, s); })();</script>

<a title="View Convocatoria Sesión 6 on Scribd" href="http://es.scribd.com/doc/60476649/Convocatoria-Sesion-6" style="margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block; text-decoration: underline;">Convocatoria Sesión 6</a><iframe class="scribd_iframe_embed" src="http://www.scribd.com/embeds/60476649/content?start_page=1&view_mode=list&access_key=key-2czbe730wbvhhl9f2amq" data-auto-height="true" data-aspect-ratio="0.743620899149453" scrolling="no" id="doc_89907" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe><script type="text/javascript">(function() { var scribd = document.createElement("script"); scribd.type = "text/javascript"; scribd.async = true; scribd.src = "http://www.scribd.com/javascripts/embed_code/inject.js"; var s = document.getElementsByTagName("script")[0]; s.parentNode.insertBefore(scribd, s); })();</script>

16 de mayo de 2011

PRONUNCIAMIENTO 001-D-CCNNNAE

PRONUNCIAMIENTO 001-D-CCNNNAE

21 de marzo de 2011

Acreditaciones a 2 consejeros

ACREDITACION ROBERT MOREIRA

ACREDITACION ANGEL PAZ

RESOLUCION 1-2011

Resolucion Pleno 1

24 de diciembre de 2010

Mensaje de Joffre Vélez por fiestas 2010

Estimadas y estimados, amigas y amigos.

En esta navidad, a nombre de todo Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes del Ecuador, quiero desearles que pasen una excelente noche, sin importar la cantidad de regalos, el destello de las luces o que tan grande sea la cena, que lo que realmente marque esta Navidad sea la union y el amor entre la familia. Y a las familias separadas por la migración, igualmente desearles, que aunque tengan distancia fisica, espiritualmente esten conectados y que en las proximas navidades puedan unificarse de nuevo. No se olviden que los valores y virtudes como el amor, el respeto y la paz, no deben fomentarse solo en Navidad sino durante todos los dias del año, enseñemosle a las niñas y niños mas jovenes de los hogares la importancia de amarse y respetarse mutuamente.

Igualmente que su año 2011, sea un año donde todos sus proyectos, metas e ideas se desarrollen de la mejor manera y logren cumplirse, que sea el año proximo una renovacion de nuestro espiritu y que todo lo que salio mal sea enmendado.

El Consejo Consultivo se compromete a seguir trabajando duro por la niñez y adolescencia del país, por su bienestar, por su desarrollo, por el cumplimiento de sus derechos, por su buen vivir.

FELIZ NAVIDAD Y UN 2011 LLENO DE EXITOS Y TRABAJO FRUCTIFERO.

Con afecto.

Joffre Vélez Zambrano
PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ECUADOR.

14 de diciembre de 2010

! 1 año de logros, participación y compromiso !

Hace ya un año, un grupo de niñas, niños y adolescentes soñadores y comprometidos con el país, fueron posesionados como Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes, este proceso fue de reconocimiento, compromiso y participación con los 5 Millones de niños, niñas y adolescentes del país, Hoy 14 de diciembre de 2010 se cumple un año desde esta elección, y son ya 3 años en los que Ecuador, ha sido el pionero en América Latina y el mundo en lograr la participación activa de Niños, Niñas y Adolescentes, haciendo que el estado los reconozca y sea garante de sus derechos...En los próximos  días el informe oficial!

29 de noviembre de 2010

Medidas Cautelares, TOROS SIN NN



LES COMPARTIMOS LA DOCUMENTACION LEGAL DEL PROCESO DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO CONTRA CITOTUSA: 

REPÚBLICA DEL ECUADOR
Juicio No: 17354-2010-0730
Resp: DR. MARIO MEJIA ARROBA                                                                      
Casillero No: 998


Quito, martes 23 de noviembre del 2010
A: GUTIÉRREZ VERA FERNANDO XAVIER DEFENSOR DEL PUEBLO
Dr./Ab.:

En el Juicio No. 17354-2010-0730 que sigue GUTIÉRREZ VERA FERNANDO XAVIER
DEFENSOR DEL PUEBLO en contra de ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO
DE QUITO BARRERA AUGUSTO, EL CONSEJO METROPOLITANO DE QUITO TOODS
LOS CONCEJALES, hay lo siguiente:

JUZGADO CUARTO DE TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, martes 23 de noviembre del
2010, las 15h04.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la Acción de Protección presentada por el
señor Dr. FERNANDO XAVIER GUTIÉRREZ VERA , en su calidad de Defensor del Pueblo
del Ecuador y de Conformidad con lo establecido en los Arts. 10 y 13 de la Ley de Garantías
Jurisdiccionales y Control Constitucional se acepta al trámite la misma , ordenando se corra
traslado con la demanda a los accionados señores Alcalde del distrito Metropolitano de Quito,
Dr. Augusto Barrera ; al Consejo Metropolitano de Quito integrado por los señores Concejales :
Ing. María Sol Corral, Señor Jorge Albán Gómez , Ledo. Freddy Heredia , Dr. Norman Wray,
Profesora Luisa Maldonado , Artesano Marco Ponce , Economista Elizabeth Cabezas, Economista Uenncey Trujillo , Señor Patricio Lbidia , Dr. Pablo Ponee , Lalo. Medí Sanche/ ,Ing. Manuel Bohórquez , Srta. Macarena Valarezo, Señor Alfonso Moreno, y Dr. Federico Villamar ; y a la compañía CITOTUSA S.A. representada legalmente por su Gerente General el señor Pablo Fidel Salazar Egas y por su Presidente señor Juan Fernando Salazar Egas.- Cuéntese con el señor Procurador General del Estado .- Señalase para el día Viernes 26 de noviembre del año 2010 a las 15H30 la realización de la audiencia pública de conformidad con lo determinado en el Art. 86 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador ; y 14 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; y de conformidad con lo establecido en el Art. 13 numeral 5 de la Ley ultima de referencia y como MEDIDA CAUTELAR se ordena la prohibición de ingreso a todo espectáculo taurino (corridas de toros) a todo niño o niña menor de 12 años de edad , debiendo oficiarse para el efecto al señor Ministro de Interior , a fin de que en forma inmediata disponga al señor Comandante General de la Policía Nacional e Intendentes Generales de Policía que con el personal a su cargo procedan
a impedir el ingreso de menores de 12 años a todo espectáculo taurino a realizarse en el País
aún cuando sea con la anuencia y consentimiento de los padres . Se ordena de igual forma que la
compañía CITOTUSA S.A. se abstenga de proceder a la venta de entradas a los espectáculos
taurinos a niñas o niños menores de 12 años de edad en esta ciudad de Quito y a nivel
nacional en donde organice estos espectáculos, así como a cualquier empresa o compañía
dedicada a la realización de esta clase de espectáculos, en forma general; en forma específica se
ordena que la empresa CITOTUSA S.A. publicitc en los medios de comunicación la prohibición
de venta e ingreso de niñas y niños menores de 12 años de edad a las corridas toros denominada
Feria de Quito "Jesús del gran Poder". Esta publicidad deberá realizarse a nivel nacional
por parte de cualquier empresa pública o privada que realice eventos de esta naturaleza .- La
parte accionante proporcione las copias necesarias aTin de correr traslado a los accionados con
la acción propuesta NOTIFÍQUESE .- í).- DI^/JHEN HAMILTON RIVADENEIRA PAZ,
JUEZ ENCARGADO.
Lo que comunico a usted

DR. MARIO MEJIA ARROBA
SECRETARIO


AUDIENCIA PUBLICA DE ACCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS..
En Quito, a los VEINTE Y SEIS días del mes de NOVIEMBRE del dos mu DIEZ, a las
15H30, se constituye el Juzgado Cuarto del Trabajo de Pichincha, presidido por el Dr. JHEN
RIVADENEIRA PAZ, en su calidad de Juez Encargo e Infrascrito Secretario Dr. Mario Mejía
Arroba., en AUDIENCIA PUBLICA DE AMPARO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS, en
la presente causa.- COMPARECENCIA: A esta Audiencia comparecen los señores: TELMO
EDUARDO JARAMILLO RAMÍREZ, PATRICIO VICENTE BENALCAZAR Y
MARITZA PIEDAD RODRÍGUEZ AVILES, ABOGADA, ofreciendo poder o ratificación
del señor DEFENSOR DEL PUEBLO; Dr. DIEGO FERNANDO PEREIRA ORELLANA,
ofreciendo poder o ratificación del Sr. ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE
QUITO, Dr. AUGUSTO BARRERA; de los señores CONSÉJALES: MARÍA SOL
CORRAL, JORGE ALBAN GÓMEZ, FREDY HEREDIA, NORMAN WRAY , LUISA
MALDONADO, MARCO PONCE, ELIZABETH CABEZAS, DENESI TRUILLO,
PATRICIO UBIDIA, PABLO PONCE, EDY SÁNCHEZ, MANUEL BOHÓRQUEZ, Y
MACARENA BALAREZO; EL Dr. PABLO ANDRÉS LIZARZABURU CASTILLO,
conjuntamente con su defendido Sr. PABLO FIDEL SALAZAR EGAS, Representante de
CITOTUSA; EL Sr. JOKRE DANIEL VELEZ ZAMBRANO, por sus propios derechos en su
calidad de PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE NTÑOZ, NIÑAS
Y ADOLESCENTES DEL ECUADOR; EL Sr. IVAN ANTONIO MONCAYO
RODRÍGUEZ por sus propios derechos en su calidad de COORDINADOR NACIONAL
ANIMA NATURALIS, como TERCEROS, respectivamente, quienes señalan los casilleros
judiciales Nos. 322, 934 y 3264, para recibir posteriores notificaciones; Siendo el día y hora
fijados para la diligencia, se da por iniciada la misma y se concede la palabra a los
comparecientes quienes en conforme, el -orden de su comparecencia realizan sus exposiciones
en forma oral. El juzgado deja a salvo el derecho de los comparecientes de presentar por
escrito el respaldo de sus exposiciones. Se concede el término de tres días a los profesionales
del derecho intervinientes en esta audiencia pública, para que legitimen sus personerías por su
intervención en esta audiencia pública a nombre de sus defendidos.- Agregúense al proceso los
documentos presentados en esta audiencia por partes .- Siendo las 17h38 se da por concluida
la presente Audiencia Pública.- Para constancia de lo cual suscriben los comparecientes
conjuntamente con el Sr. Juez y Secretario que Certifica.- CUARTO.- Revisados los
elementos procesales, escuchadas que han sido las partes en exposiciones de defensa de sus
argumentos, ha llegado a la convicción de este juzgado que existe afectación y amenaza de
vulneración de derechos constitucionales establecidos en los Arts. 44 y 46 de la Constitución
de la República del Ecuador en cuanto se refiere a la protección que debe brindarse a los
menores de parte del Estado, de la Familia y de la Sociedad. Que existe procedencia de la
acción propuesta por el Dr. Fernando Xavier Gutiérrez Vera, en su calidad de Defensor del
Pueblo como lo acredita de autos al tenor de lo establecido en el Art. 41 numerales 1, 2, 3, 4
literales c) y d) de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y en atención
especial a lo dispuesto en los Arts. 88, 11 numerales 1, 3, 5, de la Constitución de la República
del Ecuador, por lo expuesto, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO
SOBERANO DEL ECUADOIR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS
LEYES DE LA REPÚBLICA, se concede la acción de protección planteada por el accionante
y se ratifica las medidas cautelares dispuestas en auto inicial.